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Consejo de Estado suspendió decreto que exigía presencia del ministro de Hacienda para sesiones del Banco de la República

El Consejo de Estado suspendió de forma provisional y parcial el artículo 35 del Decreto 2520 de 1993, que obligaba a que el ministro de Hacienda y Crédito Público estuviera presente para que la junta directiva del Banco de la República pudiera sesionar, deliberar y decidir. La medida fue adoptada por la Sección Primera del alto tribunal en el marco de una demanda que busca tumbar la norma.

El tribunal accedió a la solicitud de medida cautelar argumentando que “las funciones del Banco de la República, en el cumplimiento de los fines esenciales del Estado, no pueden estar sometidas a que la inasistencia del ministro de Hacienda impida su ejercicio, por cuanto ello vulneraría la autonomía funcional y de gestión del Banco Central”. Agregó que el Banco requiere un ordenamiento especial para asegurar su independencia técnica y administrativa.

En la decisión provisional, la Sección Primera señaló que “si bien el ministro de Hacienda debe presidir la Junta Directiva, ello no implica que su asistencia se requiera obligatoriamente para que este órgano pueda sesionar, deliberar y decidir”. Advirtió que la paralización de las funciones del Banco Central comprometería la economía nacional y amenazaría los derechos fundamentales de las personas.

La suspensión provisional se da en medio de la demanda presentada tras el choque sin precedentes entre el Gobierno Petro y el Banco de la República, luego de que el ministro de Hacienda, Germán Ávila, abandonara la reunión de tasas del 31 de marzo, en la que la junta decidió subir las tasas de interés al 11,25 %, y anunciara públicamente que el Gobierno rompía con la junta directiva del Emisor.