El Tribunal Superior de Bogotá admitió una acción de tutela presentada contra el Consejo Nacional Electoral (CNE) y la Registraduría Nacional, en la que se argumenta que Abelardo de la Espriella no podría asumir la Presidencia de la República en caso de ganar la segunda vuelta del 21 de junio, debido a su doble nacionalidad. Los demandantes sostienen que las autoridades electorales debieron haber suspendido su candidatura.
La tutela solicitaba como medida cautelar la suspensión provisional de la inscripción de De la Espriella para la segunda vuelta. Sin embargo, el magistrado Jaime Andrés Velasco, de la Sala Penal del Tribunal, negó la petición al considerar que “se hace necesaria la recolección de más elementos de juicio para tomar una decisión, aunado a que conceder la medida sería tanto como anticipar el fallo de tutela sin agotar el trámite previsto por el legislador”.
La demanda se originó tras la decisión del CNE del pasado 17 de junio, en la que negó la revocatoria de la candidatura del abogado, al considerar que la adquisición de una ciudadanía extranjera no comporta, por sí sola, la pérdida de la nacionalidad colombiana ni configura una inhabilidad para acceder a cargos públicos, especialmente cuando se trata de colombianos por nacimiento. El CNE también señaló que no es jurídicamente admisible derivar restricciones a los derechos políticos a partir de supuestos compromisos de fidelidad o conflictos de intereses no contemplados en la Constitución.
El tribunal ahora deberá estudiar el fondo de la tutela, que busca determinar si De la Espriella renunció formalmente a su nacionalidad estadounidense y si ello es constitucionalmente exigible para ser presidente. La decisión podría tener efectos sobre la validez de la candidatura en la recta final de la campaña electoral.

