El Tribunal Administrativo de Bolívar decretó una medida cautelar que suspende las resoluciones mediante las cuales la Superintendencia Nacional de Salud ordenó y prorrogó la intervención forzosa de la EPS Coosalud. La decisión, adoptada en respuesta a una acción popular, señala que la prolongación de la medida no ha logrado los objetivos de saneamiento y ha profundizado el riesgo para los afiliados.
Los demandantes —Red Integrada de Prestadores de Servicios de Salud S.A.S. y los ciudadanos Jaime Miguel González Montaño y Natalia Largo González— argumentaron que “la reiterada rotación de agentes interventores y la prolongación de la medida han configurado un perjuicio irremediable que afecta la continuidad, oportunidad y calidad en la prestación del servicio público esencial de salud”.
El tribunal advirtió que, pese a que la intervención estuvo justificada inicialmente para estabilizar financiera y operativamente a la EPS, ese objetivo nunca se materializó. Por el contrario, se evidenció un aumento en las quejas, acciones de tutela y un deterioro significativo de los indicadores financieros. Solo las PQR alcanzaron 107.252 y las tutelas crecieron un 21 %, pasando de 16.771 en 2024 a 20.216 en 2025.
“Ante la evidencia de que la prolongación de la medida administrativa no ha logrado los objetivos de saneamiento previstos, sino que ha profundizado el riesgo para la colectividad de afiliados, y el goce efectivo del derecho a la salud, resulta imperativo para el Juez Constitucional intervenir”, señaló el fallo.
Además de suspender las resoluciones —la inicial de intervención y la prórroga emitida el 21 de noviembre de 2025—, el tribunal ordenó a la Contraloría y a la Procuraduría realizar acompañamiento y vigilancia administrativa, financiera y técnica a la EPS. La decisión no implica un fallo de fondo sobre la legalidad de los actos administrativos, sino una protección cautelar ante la presunta amenaza a los derechos colectivos.

