La Sección Quinta del Consejo de Estado emitió este jueves una sentencia de única instancia con la que dejó en firme la personería jurídica del partido político Pacto Histórico, producto de la fusión entre el Partido Comunista Colombiano (PCC), la Unión Patriótica (UP) y el Polo Democrático Alternativo (PDA).
El alto tribunal revisó una demanda que argumentaba que, al momento de crear la colectividad, se había vulnerado una norma que prohíbe la fusión de partidos cuando existen investigaciones en curso contra las agrupaciones que se fusionan. Los demandantes sostenían que el Consejo Nacional Electoral (CNE) hizo una lectura errónea de las normas al reconocer la personería jurídica del Pacto Histórico a pesar de que los partidos que lo conformaban tenían investigaciones en curso. También señalaban que se utilizó el logosímbolo de la coalición Pacto Histórico de 2022 “en desconocimiento del artículo 35 de la ley estatutaria”.
El Consejo de Estado decidió dejar en firme la Resolución 09673 del 17 de septiembre de 2025, mediante la cual el CNE otorgó la personería jurídica al movimiento político. Según el fallo, el CNE ejerció sus competencias y, ante la existencia de indagaciones sancionatorias, es esa misma entidad la que puede suspender el reconocimiento de una personería jurídica hasta que las investigaciones concluyan.
“El CNE, al tener la potestad para suspender los efectos de la personería jurídica de aquellas agrupaciones solicitantes de la fusión, perfectamente puede negar la petición, condicionarla o supeditarla teniendo en cuenta el tipo de conducta reprochable”, señala la decisión. El Consejo de Estado consideró que la autoridad electoral interpretó correctamente las normas para reconocer la personería jurídica del actual partido de gobierno.

