El Tribunal Superior de Bogotá absolvió al expresidente Álvaro Uribe Vélez de los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, revocando la condena de primera instancia que imponía una pena de doce años de prisión domiciliaria. La decisión fue adoptada por los magistrados Manuel Antonio Merchán y Alexandra Ossa Sánchez.
Iván Cepeda, senador y una de las personas afectadas en el proceso, junto con Deyanira Castro, manifestaron su desacuerdo con el fallo. Anunciaron la interposición de un recurso de casación ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. Adicionalmente, evalúan acudir al Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
Cepeda sostuvo que existió una tergiversación en la valoración de las pruebas y testimonios durante el juicio oral. Los impugnadores señalaron que el tribunal de segunda instancia incurrió en errores al apreciar los elementos probatorios, absteniéndose de valorar pruebas practicadas y distorsionando el contenido de otras.
En el fallo se registró un salvamento de voto de la magistrada María Leonor Oviedo Pinto, quien consideró que la conducta de Uribe Vélez era típica y dolosa, por lo que, en su criterio, debió ser condenado. Las partes impugnadoras respaldaron los argumentos de esta magistrada, destacando su posición sobre la exclusión de interceptaciones al abonado celular del expresidente.
El proceso judicial se originó por presuntas actuaciones dirigidas a influir en testigos en contra de Iván Cepeda. La primera instancia había encontrado responsabilidad penal en Uribe Vélez, determinando que habría actuado como determinador en un plan para torcer testigos a su favor.

