El Consejo de Estado negó la solicitud del gobierno de Gustavo Petro para levantar la suspensión provisional del decreto original que fijó el aumento del salario mínimo en 23% para 2026. La decisión, adoptada por la Sección Segunda del alto tribunal, mantiene congelada la aplicación del Decreto 1469 de 2025, mientras continúa vigente un segundo decreto expedido en febrero pasado que dejó el incremento de manera transitoria.
La determinación responde a dos pedidos dentro del expediente: el de uno de los demandantes, que pidió tumbar el decreto y aseguró no haber solicitado medida cautelar ni la expedición de un decreto transitorio; y el del propio Gobierno, que alegó una supuesta extralimitación del Consejo de Estado. Al revisar su actuación, la corporación concluyó que sí estaba facultada para exigir un nuevo decreto con efectos provisionales mientras se resuelve el fondo del asunto.
“La orden impartida no implicó la imposición de una decisión concreta —como la fijación de un incremento porcentual específico— ni supuso, en modo alguno, una anticipación del sentido del fallo”, señaló la Sección Segunda, que aclaró que solo se exigió la observancia provisional de los parámetros normativos.
El magistrado Juan Camilo Morales Trujillo, quien adoptó la suspensión provisional el pasado 13 de febrero, argumentó al menos cuatro razones para hacerlo: la presunta infracción a la Ley 278 de 1996, que creó la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales; la omisión de parámetros como inflación y productividad; la inclusión de la figura del “salario vital” sin sustento legal; y una contradicción general frente a las normas que rigen la fijación del mínimo. El Gobierno había sostenido que el “salario vital” se deriva del mandato constitucional de una “remuneración mínima, vital y móvil”.
El alto tribunal no se pronunció sobre la demanda que busca tumbar definitivamente el primer decreto. Mientras se decide el fondo, el segundo decreto, emitido en febrero, sigue rigiendo el ajuste salarial de manera transitoria.

