El Ministerio de Justicia presentó un proyecto de ley para convocar una Asamblea Nacional Constituyente, iniciativa promovida por el presidente Gustavo Petro. Según el ministro Luis Eduardo Montealegre, esta vía se justifica por la necesidad de reformas profundas que no pueden realizarse mediante acto legislativo o referendo.
La propuesta establece una composición de 71 delegados que incluiría 44 representantes por listas nacionales con paridad de género, dos delegados del pueblo afrodescendiente, dos de pueblos indígenas, dos del sector campesino, dos de víctimas, dos sindicalistas, dos de jóvenes, dos del pueblo Rrom, dos de comunidades raizales y palenqueros, seis representantes de colombianos en el exterior, dos delegadas de madres cabeza de familia y tres representantes de la población LGBTIQ+.
El proyecto define límites específicos: no podrá revocar al Congreso, deberá respetar los compromisos internacionales en derechos humanos, acatar las normas del Ius Cogens, mantener los avances en derechos fundamentales y cumplir el principio de no regresividad en derechos sociales.
Se otorgarían facultades extraordinarias al presidente Petro por seis meses para establecer los requisitos de los delegados, definir cada grupo poblacional y determinar los mecanismos para presentar candidaturas.
La asamblea tendría capacidad para modificar la totalidad de la Constitución durante tres meses de sesiones, iniciando 30 días después de la declaratoria de resultados electorales. La consulta popular contaría con dos preguntas sobre la convocatoria y los alcances de la reforma constitucional.
En sus fundamentos, el proyecto alude a bloqueos institucionales del Congreso que impedirían reformas necesarias, y señala la necesidad de transformaciones en derechos sociales, autonomía territorial indígena, cambio climático, protección campesina, reestructuración de órganos de control, sistema de partidos políticos, administración de justicia y política monetaria.

